SOLICITUD Y GESTIÓN:
Centro de educación secundaria donde se curse bachillerato
ORDEN EDU/280/2017, de 6 de abril, por la que se establecen las medidas que faciliten cursar las enseñanzas de bachillerato al alumnado de las enseñanzas profesionales de música y de danza o al que esté en posesión del título de Técnico de dichas enseñanzas en la Comunidad Castilla y León.
Los alumnos que estén matriculados en los dos últimos cursos de las EE.PP. de música podrán cursar simultáneamente las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de bachillerato elegida, siempre que acrediten, ante el centro de educación secundaria en el que vayan a cursar las citadas materias, estar matriculados en dichas enseñanzas profesionales, sin perjuicio de las convalidaciones a que pudiera tener derecho de conformidad con la Orden EDU/1076/2016 de 19 de diciembre (BOCyL de 22 de diciembre de 2016).
2. El alumnado que se encuentre en posesión del título de Técnico de las enseñanzas profesionales de música o de danza y desee obtener el título de Bachiller podrá matricularse únicamente de las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de bachillerato elegida, siempre que acredite en el centro de educación secundaria donde va a cursar las citadas materias que ha superado las enseñanzas profesionales de música o de danza, sin perjuicio de las convalidaciones a que pudiera tener derecho de conformidad con la Orden EDU/1076/2016, de 19 de diciembre.
Ver orden adjunta.
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